3ª MODIFICACIÓN A LA
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015.
REGLA 1.1 – ACLARACIÓN DE
PUBLICACIÓN DE DATOS DE LOS CONTRIBUYENTES EN LA PÁGINA DE INTERNET DEL SAT. Si
tu empresa fue publicada en la página del SAT por tener algún crédito y no
estás de acuerdo con ello, puedes enviar una solicitud de aclaración, si
resulta procedente, la autoridad tiene 3 días para quitarte de la lista, cabe mencionar que dicho plazo era de 15 días.
REGLA 2.2.1 – VALOR PROBATORIO DE
LA CONTRASEÑA. Anteriormente se podía recuperar la contraseña con una pregunta
y respuesta secretas que el mismo contribuyente proporcionaba al generarla,
ahora esta opción está vigente únicamente para personas físicas, las personas
morales que quieran recuperarla vía Internet, deberán contar con FIEL, y lo
harán en la siguiente ruta.
www.sat.gob.mx/trámites/olvidaste_tu_contraseña/servicios/contraseña/restablecer/preguntará si cuentas con firma electrónica, deberás responder si/capturar
la nueva contraseña.
REGLA 2.3.1 – SALDO A FAVOR DE
ISR DE PERSONAS FÍSICAS. Cuando en la declaración anual de personas físicas, se tengan saldos a favor,
se podrá solicitar en devolución. Si el saldo es igual o mayor a $10,000.00 se deberá
utilizar la FIEL, anteriormente el tope era de $40,000.00.
Regla 2.7.5.1 - EXPEDICIÓN DE CFDI POR CONCEPTO DE
NÓMINA: Los CFDI que se emitan por concepto de asimilados a salarios deberán
contar con el complemento que publique el SAT en su página de Internet,
anteriormente no mencionaba los asimilados.
Regla 2.7.5.4 – EMISIÓN DE CFDI
DE RETENCIONES E INFORMACIÓN DE PAGOS: Antes del 2014 se debía expedir una
constancia de retenciones por las cantidades que se retenían a los proveedores,
ahora esta regla hace mención al CFDI de
retenciones en lugar de la constancia de retenciones, ya que a partir del 2014
se debe expedir un CFDI por concepto de retenciones, este CFDI se podrá emitir de forma anualizada, a más
tardar el 31 de enero del ejercicio siguiente.
Cabe recordar que cuando se realice una operación y se expida un CFDI como
comprobante de la misma se pueden
incluir los datos de las cantidades retenidas, y de esta manera se podrá utilizar
el mismo CFDI como comprobante de
retenciones, sin necesidad de emitir otro exclusivamente por dicho concepto.
Regla 2.8.1.19 – CONTABILIDAD EN
IDIOMA DISTINTO AL ESPAÑOL: Los contribuyentes podrán llevar su contabilidad y
la documentación comprobatoria en idioma
distinto al español, y la autoridad podrá solicitar traducción por un perito
traductor, autorizado por autoridad competente. Esto mismo aplica para la
documentación que se incluya en solicitudes de devolución.
REGLA 2.8.9.2 –
PRESENTACIÓN DE LA DIEMSE: Las empresas que deban presentar en marzo el informe
del estímulo fiscal que se aplicaron conforme al decreto que otorga estímulos
fiscales a las empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de
exportación, quedan relevadas de presentar dicho informe si presentan la DIEMSE
(Declaración informativa de empresas, manufactureras Maquiladoras y de
Servicios de Exportación). La declaración informativa de operaciones de maquila
(DIEMSE) podrá presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2015 (art. quinto
transitorio).
REGLA 2.20.4 – CONTRIBUYENTES
RELEVADOS DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE SU SITUACIÓN FISCAL:
Los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración informativa
sobre su situación fiscal por tener operaciones con residentes en el
extranjero, pueden optar por no presentarlo, si el monto total de las
operaciones es inferior a $30,000,000.00.
Regla 3.20.5 – CÁLCULO DE
PORCENTAJE DE MAQUINARIA Y EQUIPO: Para que una operación de maquila sea
considerada como tal, además de otros requisitos, el residente en el extranjero
con quien se tiene celebrado el contrato de maquila, deberá ser propietario del
30% de la maquinaria y equipo. La presente regla indica el proceso para
realizar el cálculo de dicho porcentaje.
REGLA 11.5.2 - PLAZOS PARA APLICAR LA DEDUCCIÓN INMEDIATA
POR LA ADQUISICIÓN DE BIENES NUEVOS DE ACTIVO FIJO: Los contribuyentes afectados por el huracán Odile en septiembre
del 2014, podrán seguir aplicando la
deducción inmediata del 100% de las
inversiones de bienes nuevos de activo fijo que realicen en dichas zonas
afectadas hasta el 31 de octubre del
2015.
REGLA 11.11.1 Y 11.11.2 – DECRETO
POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE VIVIENDA, PUBLICADO EN
EL DOF EL 22 DE ENERO DEL 2015: Los contribuyentes que opten por aplicar el
beneficio de condonación de IVA, y se encuentren sujetos a un procedimiento
administrativo de ejecución o bien estén sujetos a facultades de comprobación,
podrán aplicar dicho beneficio cumpliendo ciertos requisitos, entre ellos,
enviar un aviso de aclaración y lo enviarán por la siguiente ruta:
Trámites/Mi portal/DECRETO
22 ENERO PAE ó FISC IVACONSTRUC.