martes, 7 de julio de 2015

BOLETIN 07/07/2015 3a MODIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015


3ª MODIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015.

REGLA 1.1 – ACLARACIÓN DE PUBLICACIÓN DE DATOS DE LOS CONTRIBUYENTES EN LA PÁGINA DE INTERNET DEL SAT. Si tu empresa fue publicada en la página del SAT por tener algún crédito y no estás de acuerdo con ello, puedes enviar una solicitud de aclaración, si resulta procedente, la autoridad tiene 3 días para quitarte de la lista, cabe mencionar que dicho plazo era de 15 días.

REGLA 2.2.1 – VALOR PROBATORIO DE LA CONTRASEÑA. Anteriormente se podía recuperar la contraseña con una pregunta y respuesta secretas que el mismo contribuyente proporcionaba al generarla, ahora esta opción está vigente únicamente para personas físicas, las personas morales que quieran recuperarla vía Internet, deberán contar con FIEL, y lo harán en la siguiente ruta.

www.sat.gob.mx/trámites/olvidaste_tu_contraseña/servicios/contraseña/restablecer/preguntará si cuentas con firma electrónica, deberás responder si/capturar la nueva contraseña.

REGLA 2.3.1 – SALDO A FAVOR DE ISR DE PERSONAS FÍSICAS. Cuando en la declaración anual  de personas físicas, se tengan saldos a favor, se podrá solicitar en devolución. Si el saldo es igual o mayor a $10,000.00 se deberá utilizar la FIEL, anteriormente el tope era de $40,000.00.

REGLA 2.4.14 – CLAVE EN EL RFC DE SOCIOS O ACCIONISTAS  RESIDENTES EN EL EXTRANJERO DE PERSONAS MORALES Y ASOCIACIONES EN PARTICIPACIÓN RESIDENTES EN MÉXICO: Los residentes en el extranjero que no estén obligados a inscribirse en el RFC, y sean socios de empresas residentes en México podrán utilizar las siguientes claves genéricas; para personas morales-EXT990101NI1, para personas físicas-EXTF900101NI1.  .  

Regla  2.7.5.1 - EXPEDICIÓN DE CFDI POR CONCEPTO DE NÓMINA: Los CFDI que se emitan por concepto de asimilados a salarios deberán contar con el complemento que publique el SAT en su página de Internet, anteriormente no mencionaba los asimilados.

Regla 2.7.5.4 – EMISIÓN DE CFDI DE RETENCIONES E INFORMACIÓN DE PAGOS: Antes del 2014 se debía expedir una constancia de retenciones por las cantidades que se retenían a los proveedores, ahora esta regla hace mención al  CFDI  de retenciones en lugar de la constancia de retenciones, ya que a partir del 2014 se debe expedir un CFDI por concepto de retenciones, este CFDI  se podrá emitir de forma anualizada, a más tardar el 31 de enero del  ejercicio siguiente. Cabe recordar que cuando se realice una operación y se expida un CFDI como comprobante de la misma  se pueden incluir los datos de las cantidades  retenidas, y de esta manera se podrá utilizar el mismo CFDI como comprobante  de retenciones, sin necesidad de emitir otro exclusivamente por dicho concepto.

Regla 2.8.1.19 – CONTABILIDAD EN IDIOMA DISTINTO AL ESPAÑOL: Los contribuyentes podrán llevar su contabilidad y la documentación  comprobatoria en idioma distinto al español, y la autoridad podrá solicitar traducción por un perito traductor, autorizado por autoridad competente. Esto mismo aplica para la documentación que se incluya en solicitudes de devolución.

REGLA 2.8.9.2 – PRESENTACIÓN DE LA DIEMSE: Las empresas que deban presentar en marzo el informe del estímulo fiscal que se aplicaron conforme al decreto que otorga estímulos fiscales a las empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación, quedan relevadas de presentar dicho informe si presentan la DIEMSE (Declaración informativa de empresas, manufactureras Maquiladoras y de Servicios de Exportación). La declaración informativa de operaciones de maquila (DIEMSE) podrá presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2015 (art. quinto transitorio).

REGLA 2.20.4 – CONTRIBUYENTES RELEVADOS DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE SU SITUACIÓN FISCAL: Los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal por tener operaciones con residentes en el extranjero, pueden optar por no presentarlo, si el monto total de las operaciones es inferior a $30,000,000.00.

Regla 3.20.5 – CÁLCULO DE PORCENTAJE DE MAQUINARIA Y EQUIPO: Para que una operación de maquila sea considerada como tal, además de otros requisitos, el residente en el extranjero con quien se tiene celebrado el contrato de maquila, deberá ser propietario del 30% de la maquinaria y equipo. La presente regla indica el proceso para realizar el cálculo de dicho porcentaje.  

REGLA 11.5.2 -  PLAZOS PARA APLICAR LA DEDUCCIÓN INMEDIATA POR LA ADQUISICIÓN DE BIENES NUEVOS DE ACTIVO FIJO: Los contribuyentes  afectados por el huracán Odile en septiembre del 2014,  podrán seguir aplicando la deducción inmediata del 100%  de las inversiones de bienes nuevos de activo fijo que realicen en dichas zonas afectadas hasta  el 31 de octubre del 2015.

REGLA 11.11.1 Y 11.11.2 – DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE VIVIENDA, PUBLICADO EN EL DOF EL 22 DE ENERO DEL 2015: Los contribuyentes que opten por aplicar el beneficio de condonación de IVA, y se encuentren sujetos a un procedimiento administrativo de ejecución o bien estén sujetos a facultades de comprobación, podrán aplicar dicho beneficio cumpliendo ciertos requisitos, entre ellos, enviar un aviso de aclaración y lo enviarán por la siguiente ruta:

Trámites/Mi portal/DECRETO 22 ENERO PAE ó FISC IVACONSTRUC.