En vigor 01 de mayo del 2018
Regla 2.1.28. PROCEDIMIENTO
PARA ACLARAR LA PRESENTACIÓN DE PAGOS PROVISIONALES MENSUALES DEL ISR EN CERO.
- El SAT emitirá
opinión de cumplimiento negativa cuando en la declaración provisional de ISR se
declare cero habiendo emitido CFDI en el mismo periodo, esto empezará a contar
a partir del ejercicio 2017 y subsecuentes, anteriormente indicaba que era a
partir del 2014. Es importante mencionar que, para emitir la opinión de
cumplimiento, el SAT considera los 4 ejercicios anteriores a la fecha de la
cual se solicita la opinión de cumplimiento.
Regla 2.3.2 y Artículo
Quinto transitorio. PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL Y SALDOS A FAVOR DE
ISR DE PERSONAS FÍSICAS. - Las personas físicas podrán presentar su declaración anual del ejercicio
2017, hasta el 15 de mayo del 2018. Cuando el saldo a favor solicitado sea mayor
a $10,000.00 y menor a $50,000.00, podrán utilizar la contraseña para su envío,
siempre y cuando proporcionen una cuanta CLABE a su nombre. Anteriormente era
obligatorio utilizar la FIEL en montos mayores a $10,000.00.
Regla 2.7.5.7. EMISIÓN
DEL CFDI POR CONCEPTO DE NÓMINA DEL EJERCICIO FISCAL 2017.- Los contribuyentes que hayan emitido
nóminas con errores u omisiones durante el ejercicio 2017, pueden corregirlas a
mas tardar el 15 de mayo del 2018, para esto, deberán cancelar el CFDI erróneo
y emitir uno nuevo señalando en la fecha de pago, la fecha del 2017 a la que
corresponda el CFDI, cabe señalar que si hay diferencias en los pagos, se
deberán pagar los recargos por las omisiones correspondientes.
Regla 3.3.1.29. PROCEDIMIENTO
PARA CUANTIFICAR LA PROPORCIÓN DE LOS INGRESOS EXENTOS RESPECTO DEL TOTAL DE
LAS REMUNERACIONES. -
Cuando el patrón paga salarios y remuneraciones a los trabajadores, hay
partidas que son exentas para el cálculo de ISR de los mismos trabajadores y
estas partidas a su vez no son totalmente deducibles para el patrón, ya que debe
considerar como partidas no deducibles, el 47% o 53%. Ahora bien, para
determinar si debe considerar el 47% o 53%
se debe realizar un cálculo en el que anteriormente se consideraban sólo
las partidas exentas que ya mencionamos, ahora se quitó la parte que mencionaba
la exención, por lo que se entiende, que ahora el cálculo se deberá realizar
considerando todas las prestaciones que se paguen a los trabajadores
independiente de si son exentas o no, en
consulta con el SAT, aún no tienen bien claro este tema, por lo que habrá que
esperar a que lo definan o hagan las aclaraciones pertinentes.
Regla 3.3.1.44, 3.3.1.49,
3.3.1.50 y cuarto resolutivo. SUB
CONTRATACIÓN LABORAL (OUTSOURCING). - En estas reglas se establecen los procedimientos para que
los OUTSOURCING y quienes los contratan cumplan con los requisitos de
proporcionar y reunir (respectivamente) la información relacionada con los CFDI
de salarios, pago de impuestos, IMSS etc., Para que el contratista
(OUTSOURCING) autorice a sus contratantes para consultar los CFDI y
declaraciones deberá seguir el procedimiento de la regla 3.3.1.49,
así mismo, para que el contratante realice la consulta de la información
autorizada por el OUTSOURCING, deberá seguir el procedimiento de la regla
3.3.1.50. (En vigor 7 de febrero del 2018)
Artículo Tercero Resolutivo.
– La integración del
complemento para pagos en los CFDI, es opcional hasta el 31 de agosto del 2018,
anteriormente era obligatorio a partir del 01 de abril del 2018.