(En vigor 13 de diciembre del 2022)
ARTÍCULO TERCERO
RESOLUTIVO: Se reforman los siguientes artículos Transitorios de la RMF para el ejercicio 2022.
Transitorio Décimo Séptimo: Se prorroga
hasta el 01 de abril del 2023 la emisión de CFDI en versión 4.0, así como la
emisión de los complementos y complementos concepto, compatibles con dicha
version.
Cuadragésimo Séptimo: Se prorroga hasta
el 01 de agosto del 2023 la emisión correcta del complemento carta porte, es
decir, cumpliendo con todos los requisitos que indica el “Instructivo de
llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”.