(En vigor 13 de
diciembre del 2024.)
Regla 2.13.20. – ACLARACIÓN
PARA SOLICITAR LA LIBERACIÓN DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS, SEGUROS O CUALQUIER
OTRO DEPÓSITO: Se adiciona para indicar la ficha de trámite que se deberá
utilizar para solicitar la liberación de cuentas bancarias, seguros o cualquier
otro depósito en moneda nacional o extranjera que se realice en cualquier tipo
de cuenta que tenga a su nombre el contribuyente, en los casos que se le hayan
inmovilizado “323/CFF Aclaración para solicitar la liberación de
depósitos bancarios, seguros o cualquier otro depósito”.
Regla 3.10.5. – SUPUESTOS Y
REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES: Esta
regla contiene los requisitos para que las donatarias reciban donativos,
adicionando como requisito que deberán contener el lugar o ciudad en la que se
realizan las actividades y el fundamento de la competencia de la autoridad que
la emita, así como sus medios de contacto (domicilio, teléfono y correo
electrónico).
Regla 3.17.3. - OPCIÓN DE PAGO
EN PARCIALIDADES DE ISR ANUAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS: Se modifica para
indicar que las personas físicas que soliciten el pago en parcialidades de la
declaración anual, deberán presentar dicha declaración dentro del plazo
establecido y el pago de la primera parcialidad deberán realizarlo dentro de
dicho plazo, de lo contrario no se podrá acceder el beneficio y la autoridad
podrá requerir el pago total del adeudo dentro de los seis días hábiles
siguientes a la fecha en que surta efecto la notificación del requerimiento,
anteriormente indicaba que la autoridad requerirá el pago inmediato del crédito
fiscal.
Se modifican los anexos:
Anexo 1. - formas
oficiales aprobadas.
Anexo 1-A.- trámites
fiscales.
Anexo 14. - Donatarias
autorizadas.
Anexo 15 . – Disposiciones
para efectos del ISAN.
Anexo 29 . – Dispósiciones
complementarias para los PCCFDI y los CFDI.