(En vigor 14 de julio
del 2023)
Regla 2.1.6 DÍAS
INHABILES PARA EL SAT: Del 17 al 28 de julio será periodo de vacaciones
para el SAT.
Regla 3.13.24 NOTIFICACIÓN DE SALIDA DEL RESICO: Se eliminó esta
regla, la cual, contemplaba la obligación de la autoridad de notificar al
contribuyente la Salida del régimen Simplificado de Confianza
Regla 3.13.34 y segundo transitorio. -BAJA DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE
CONFIANZA POR INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL: El
SAT dará de baja a las personas físicas de RESICO que incumplan con la
presentación de la declaración anual, anteriormente consideraba un mes para corregir
la situación, en esta modificación se
eliminó ese plazo, sin embargo, de acuerdo al segundo transitorio, podrán
seguir tributando en el régimen, siempre y cuando presenten la declaración y
realicen el pago que les haya resultado, a más tardar el 02 de octubre del
2023.
ARTICULO CUARTO RESOLUTIVO: Se reforman los Transitorios Vigésimo
Quinto, Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo, en los
cuales, se amplía hasta el 02 de octubre del 2023 las prórrogas para algunas
obligaciones de RESICO Personas físicas, las cuales son:
- Expedir CFDI a través de mis
cuentas realizando el sellado sin contar con e. Firma o CSD.
- Habilitación del Buzón
tributario.
- Obligación de contar con e.
Firma
- Dejar de tributar en RESICO
cuando omitan tres o más pagos mensuales en un año, sean o no consecutivos, o
bien no presentar su declaración anual.