Publicado en el DOF el 30 de septiembre del 2013.
Entrada en vigor el 31 de octubre de 2013.
Entrada en vigor el 31 de octubre de 2013.
Los formatos oficiales que se utilizarán para dar cumplimiento a la Ley
de Lavado de Dinero son:
Anexo ”A” - Formato
oficial para el alta y registro de quienes realicen actividades vulnerables.
El formato oficial para el envío
de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades
vulnerables se presentará de acuerdo a
la actividad vulnerable que realicen, a continuación se detallan:
Anexo “1” -Actividades vinculadas a la práctica de
juegos y apuestas, concursos o sorteos que realicen organismos descentralizados.
Anexo “2-A” – La emisión o comercialización,
habitual o profesional, de tarjetas de
servicio o de crédito.
Anexo “2-B” - L La emisión o comercialización,
habitual o profesional, de tarjetas prepagadas.
Anexo “3” – Emisión y
comercialización habitual o profesional de cheques de viajero.
Anexo “4” – El ofrecimiento
habitual o profesional de operaciones de
mutuo o garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía.
Anexo “5” –La prestación habitual
o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o
de intermediación en la transmisión de la propiedad.
Anexo “6” –Comercialización o
intermediación habitual o profesional de Metales Preciosos, Piedras preciosas,
joyas o relojes.
Anexo “7” –La subasta o
comercialización habitual o profesional de obras de art, en la que se
involucren operaciones de compra o venta de dichos bienes.
Anexo “8” – Comercialización o
distribución habitual o profesional de vehículos, nuevos o usados, ya sean
aéreos, marítimos o terrestres.
Anexo “9” – La prestación
habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres, nuevos
o usados, así como bienes inmuebles.
Anexo “10” – La prestación
habitual o profesional de servicios de traslado o custodia de valores.
Anexo “11” – La prestación de
servicios profesionales, de manera independiente, sin que medie relación
laboral con el cliente respectivo.
Anexo “12” – La prestación de
servicios de Fe pública.
Anexo “13” – La recepción de
donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro.
Anexo “14” – La presentación de
servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal.
Anexo “15” - La constitución de derechos personales de uso
o goce de bienes inmuebles.
Estos formatos son electrónicos y serán enviados por medio
del portal de Internet del SAT, en la página
https://www.sppld.sat.gob.mx/sppld/, (aún no se encuentra activa).